domingo, 19 de julio de 2015

LAS OBLIGACIONES EN DERECHO CIVIL.


Existen muchos y muy variados conceptos de lo que es la obligación, y todas coinciden en el hecho de que es una relación jurídica que se origina entre dos sujetos uno activo (acreedor) y uno pasivo
(deudor), del cual el sujeto activo tiene el derecho de exigir del sujeto pasivo un hacer, no hacer, o simplemente un dar, pero anteriormente los conceptos tenían implícita la parte en que se requería que el objeto de la obligación, es decir, el hacer, no hacer o dar, fuese susceptible de una apreciación pecuniaria, ahora se ha extirpado esa parte, dejando solamente el hecho de que se cumpla el objeto.

En lo que a mi concierne, me parece que dentro de la relación jurídica, el objeto tiene tanto un valor social como uno moral, y queramos o no, esa parte es un tanto imposible de erradicar; pero claro que la cuestión moral queda supeditada a cada individuo.


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